Elecciones Vicerrectorado
- Resultados
 - Cronograma electoral
 - Listas oficializadas por la Junta Electoral
 - Junta Electoral
 - Sobre el Vicerrectorado (ROI)
 
Resultados

Cronograma electoral
Vicerrectorado (completa mandato período 2016-2017)
| Miércoles 3 de agosto | 
 Convocatoria a elecciones Exhibición de padrones provisorios Presentación de la Junta Electoral  | 
| Viernes 26 de agosto | 
 Límite para reclamos de padrones Cierre de padrones  | 
| Martes 13 de septiembre | 
 Oficialización de padrones por Consejo Directivo  | 
| Viernes 16 de septiembre – 16 hs. | 
 Cierre de presentación de lista de candidatos  | 
| Martes 20 de septiembre | 
 Límite de impugnación de listas de candidatos   | 
| Jueves 22 de septiembre | 
 Publicación de listas oficializadas  | 
| Viernes 30 de septiembre – 20 hs. | 
 Cierre de campaña electoral  | 
| Miércoles 5 y jueves 6 de octubre | 
 ELECCIONES – 8:30 a 21:00 hs.  | 
| Martes 11 de octubre | 
 Asunción del Vicerrector/a electo/a en sesión ordinaria de CD.  | 
Agradecemos la participación de la comunidad educativa en estos comicios y quedamos a su disposición ante cualquier consulta.
El Rectorado
Listas oficializadas por la Junta Electoral
| 
 
 DANIEL FERREYRA FERNÁNDEZ 
  | 
http://ccconsensuar.blogspot.com.ar/ | 
Junta Electoral
| Presidente | Rectora, Paula López Cano | 
| Claustro de docentes | 
 Prof. Marisa Rennis Prof. Alejandra Nasser  | 
| Claustro de alumnos | 
 Alejandra Milagros Fuenzalida Sofía Gabriela Dorá  | 
| 
 Claustro del personal  | 
Noelia Amarillo | 
| 
 Claustro de graduados  | 
Lucía Gala Corona Martínez | 
Reglamento Orgánico Institucional – Resolución N° 335/SSGECP/2015
Artículo 13 – Vicerrectores. Requisitos y condiciones
Son las autoridades que asisten al Rector en el seguimiento de las actividades académicas y de gestión administrativa y son responsables de la coordinación de la información institucional-académica. Para ser Vicerrector se requiere reunir las mismas condiciones que para Rector. Los Vicerrectores se desempeñan en sus funciones por un período de cuatro (4) años y pueden ser reelectos por hasta otro período consecutivo de igual duración. Para que puedan ser propuestos nuevamente como candidatos al cargo deberán transcurrir cuatro años.
Artículo 14 – Incompatibilidad y situación de revista
El cargo de Vicerrector del Instituto es incompatible con el ejercicio de la misma función o cualquier otra de gestión o de conducción en otra institución educativa. Mientras dure su mandato, el Vicerrector podrá ejercer el número de horas cátedra que fija la normativa correspondiente. Al término de su mandato podrá volver a su situación de revista anterior.
Artículo 15 – Funciones y atribuciones del Vicerrector
| 15.1 | Evaluar y emitir opinión acerca de las actividades académicas realizadas en los distintos Departamentos del Nivel Superior, en conjunto con los respectivos directores de carrera e informar al respecto al Rector. | 
| 15.2 | Coordinar y supervisar la aplicación del calendario académico y electoral del Nivel Superior. | 
| 15.3 | Emitir opinión respecto de los programas de docencia y presentarla al Rector. | 
| 15.4 | Coordinar y mantener actualizada la información y los datos estadísticos conforme las pautas establecidas y ponerlos a disposición del Rector y del Consejo Directivo como base para la toma de decisiones. | 
| 15.5 | Emitir opinión respecto de los programas anuales de trabajo de las distintas unidades de gestión y girarla al Rector para su tratamiento con las autoridades de los niveles que correspondan. | 
| 15.6 | Planificar y poner en marcha el proceso de autoevaluación institucional, supervisar la producción de los informes correspondientes y elevar las propuestas de mejoramiento al Rector. | 
| 15.7 | Supervisar las actividades administrativas vinculadas con la implementación de los concursos y selecciones de antecedentes. | 
| 15.8 | Representar por delegación del Rector al Instituto en cuestiones vinculadas con su competencia y desempeñar las funciones que expresamente le delegue el Rector. | 
| 15.9 | Reemplazar temporalmente al Rector en el ejercicio de sus funciones cuando este no pudiera ejercerlas. |